https://www.supremecourt.gov/opinions/12pdf/12-398_1b7d.pdf
En un caso judicial en 2013 Pathology v Myriad Genetics, inc, en los Estados Unidos, la Corte Suprema dictaminó que no se puede patentar el ADN humano porque era “un producto de la naturaleza”.
Pero al final del fallo, la Corte Suprema dictaminó que si se cambiara un genoma humano mediante vacunas de ARNm (que se están utilizando actualmente), entonces el genoma puede patentarse.
Esto significa que todas las personas que han recibido la vacuna ahora están técnicamente "patentadas" y algo que está patentado es "propiedad" y se incluirá en la definición de "transhumanos".
Aquellas personas que son identificadas legalmente como 'transhumanos' no tienen acceso a los Derechos Humanos ni a ningún derecho otorgado por el Estado. Esto se debe a que no están clasificados como 100% orgánicos o humanos.
Por lo tanto, técnicamente cualquiera que tenga esta vacuna ya no podría tener acceso a los derechos humanos. Ha habido algunos documentos legales que discuten esto recientemente, por lo que la aclaración debería estar disponible pronto.
El ARNm es tecnología CRISPR (moderna lo ha descrito como su "sistema operativo") y está buscando tecnología para revertir los efectos secundarios, como lo haría con una computadora.
Actualmente existe una patente vinculada a esta tecnología:
WO2020060606 - SISTEMA DE CRIPTOMONEDAS QUE UTILIZA DATOS DE ACTIVIDAD DEL CUERPO.
La tecnología se colocará en su cuerpo, luego se le asignará un código de barras y se adjuntará a la criptomoneda. La tecnología rastrea la actividad de su cuerpo y cuando alcanza una "cantidad satisfactoria de actividad", se le pagará su criptomoneda. Esta es la versión breve de la patente, pero debe examinarla correctamente